Particulares y empresas pueden fraccionar el pago de determinados tributos, tales como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana (IBI), Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM), Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y Tasa por Vados o entradas de Vehículos a través de las aceras (pasadera), sumando su cuantía y fraccionándolos de manera conjunta.
Quienes se acojan a este Plan podrán personalizar los recibos anuales en un plazo máximo de diez cuotas entre los meses de febrero y noviembre.
El número de plazos determinado los fijará el interesado, haciéndolo constar en su solicitud, aunque el inicio del mismo será el mes de febrero. La cuota periódica a ingresar se estimará en virtud de la deuda total liquidada en el padrón del ejercicio anterior al de su aplicación. En la cuota de la última entrega se regulará las diferencias en más o en menos resultantes de la suma de los ingresos a abonar al Ayuntamiento dentro del Plan Personalizado de Pago.
Para poder ser beneficiario de esta iniciativa se han de cumplir una serie de requisitos: ser persona física o entidad mercantil; estar al corriente de pago de deudas con el Ayuntamiento de Cartagena en la fecha de solicitud y durante la vigencia del Plan de Pagos; domiciliar el pago de las cuotas periódicas, con renuncia al plazo de devolución establecido en el Real Decreto Ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera, además de facilitar al Ayuntamiento un correo electrónico a efectos de notificaciones relacionada con el Plan de Pagos.
Del mismo modo, la cuota mensual resultante del Plan de Pago no podrá ser inferior a 20 euros. Por último, la suma total a fraccionar no podrá ser menor de 100 euros.
La solicitud del plan se podrá tramitar electrónicamente a través de la Sede Electrónica del OAGRC si el interesado dispone de un certificado digital reconocido. Si no dispone de certificado digital debe cumplimentar, imprimir y firmar la solicitud que deberá entregar de forma presencial en las oficinas del OAGRC. También puede enviar su solicitud por correo postal. En este último caso, la solicitud de plan personalizado de pago no constará como válida hasta que el OAGRC reciba el documento con la firma manuscrita original del titular de la cuenta.
El impreso de solicitud se puede descargar en la Sede Electrónica del Organismo Autónomo de Gestión Recaudatoria de Cartagena.
Glosario
Domiciliar un tributo es dar una orden de cargo en cuenta que se aplicará periódicamente.
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